Por Gonzalo Carpintero Laguna
Ingeniero Técnico Forestal
ARTÍCULO publicado en ANALES SEGUNTINOS Nº 26 (2011-2012)
VÍAS PECUARIAS son aquellas rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. Así mismo tienen también la consideración de Vía Pecuaria los descansaderos, abrevaderos, majadas y cualquier otro tipo de terreno o instalación anexa a aquellas, que sirva y haya servido al ganado trashumante y a los pastores que lo conducen.
El origen de las vías pecuarias se remonta a la aparición del pastoreo en nuestro país y adquirieron carta de naturaleza con la creación del Honrado Concejo de la Mesta en 1273 por Alfonso X El Sabio, que tenía, además del uso y los fueros establecidos sobre las mismas, la responsabilidad de su mantenimiento y conservación. Posteriormente, tras la abolición del Concejo, en 1836, éstas quedaron a cargo de la Asociación General de Ganaderos del Reino, y finalmente pasaron a corresponder estas funciones a la Administración, dado el carácter de dominio público que les atañe.
Jurídicamente, las Vías Pecuarias son bienes de dominio público y en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables, estableciéndose su régimen jurídico bajo la legislación estatal básica para esta materia, desarrollada posteriormente por las distintas normativas autonómicas.
El destino específico de las Vías Pecuarias es el tránsito ganadero, y aquellos otros de carácter rural que sean compatibles y complementarios de aquél, conforme a la normativa vigente de Vías Pecuarias, inspirados en el desarrollo sostenible y respetuosos con el medio ambiente, el paisaje y el patrimonio natural y cultural.
La función de las vías pecuarias fue una de las de mayor importancia económica en épocas pasadas, y que se ha visto alterada en las últimas décadas para venir a ser, más que caminos de pura trashumancia, instrumentos para la transterminancia, aprovechamientos de pastos, masa común de municipios y otras comunicaciones rurales. De ahí siguió el abandono funcional de gran parte de ellas, con incremento no solo de los difíciles problemas de mantenimiento y conservación, sino de la frecuencia de las ocupaciones más o menos abusivas que se venían y vienen produciendo.
Las Vías Pecuarias se clasifican de forma general según su ANCHURA, siendo los tipos caracterizados:
Ø CAÑADA: anchura que no excede de 75,0 metros
Ø CORDEL: anchura que no excede de 37,5 metros
Ø VEREDA: anchura que no excede de 20 metros
Ø COLADA: de anchura variable, a determinar en su clasificación
Estas denominaciones son compatibles con otras de índole consuetudinaria, como azagadores, cabañeras, caminos ganaderos, carreradas, galianas, ramales, traviesas y otras.
La normativa autonómica aplicable a las Vías Pecuarias, conforme a la atribución de competencias a las Comunidades Autonómicas en su ámbito territorial, establece que para el territorio autonómico Castellano-Manchego, al que pertenece el término de Sigüenza, además de la anterior clasificación general básica, una mayor caracterización de las vías pecuarias en función de otros aspectos como:
Su itinerario:
Ø Intercomunitarias: cuyo recorrido se prolonga por dos o más comunidades autónomas
Ø Comunitarias: cuyo recorrido no excede de una comunidad autónoma
Todas las vías pecuarias de carácter intercomunitario se incorporarán a la Red Nacional de Vías Pecuarias creada con la Ley 3/1995 de 3 de marzo, de forma que se garantice la continuidad de las mismas por el territorio nacional.
Su interés:
Ø De Especial Interés Natural:
o Discurren por dentro de Espacios Naturales Protegidos
o Conectan espacios naturales significativos
o Poseen un valor especial en cuanto a conservación de la naturaleza
o Discurren por montes declarados de utilidad pública
Ø De Especial Interés Cultural:
o Contienen elementos del Patrimonio histórico, cultural y etnográfico o discurran por las proximidades de terrenos con esas características
Ø De Interés Socio-Recreativo:
o Discurren por terrenos con una elevada aptitud de uso recreativo.
El término de Sigüenza cuenta con dos vías pecuarias clasificadas, esto es, reconocidas oficialmente por el Organismo Administrativo encargado de su gestión y conservación. Una de ellas, la de mayor importancia, es un tramo de la Cañada Real Soriana, y la otra, de menor importancia, es denominada Vereda de Ganados.
La primera, en su tramo afecto, atraviesa el término municipal por su lateral este (E), por unos 3.000 m de longitud, alejada del casco urbano, y la segunda, atraviesa el término dorsalmente de N a S, por unos 9.500 m, cruzando por medio del casco urbano de Sigüenza.
Ø El tramo de Cañada Real Soriana clasificado para el término de Sigüenza se establece sobre una Anchura Legal de 90 varas (medida antigua), equivalentes a 75,22 metros, que es el tipo de vía pecuaria de mayor importancia y clasificación.
El tramo de la Cañada Real Soriana que se cita para Sigüenza se corresponde con la conocida como Cañada Real Soriana Oriental, que es la más larga de las 10 históricas Cañadas de la Mesta castellanas, ya que discurría por unos 800 km de longitud del territorio peninsular central partiendo del norte de la provincia de Soria, junto a la de Logroño y llegando hasta a la de Sevilla, según se citan en diversos documentos oficiales de clasificación. Su uso se correspondía con el paso de ganado trashumante de los frescos pastos de las comarcas serranas de Soria y La Rioja (pastos de verano), hacia los más cálidos y templados de las comarcas Andaluzas y Manchegas (pastos de invierno). Por tanto esta Vía pecuaria es de carácter Intercomunitario, atendiendo a la normativa Autonómica e integrada en la Red Nacional de Vías Pecuarias.
Cabe exponer, por alusión, que las cañadas castellanas eran las de mayor longitud en comparación con las cañadas pirenaicas, ya que éstas transitaban entre los altos pirenaicos (pastos de verano) y las comarcas del valle del Ebro y otras catalanas (pastos de invierno).
En lo estrictamente local, es significativo como esta Cañada Real desarrolla un trazado circundante al casco urbano de Sigüenza, de manera que un supuesto trazado rectilíneo del itinerario N-S que ésta encamina, haría que pasase por el mismo casco urbano de Sigüenza. No obstante, eso no ocurre, pues el itinerario que ésta desarrolla en el entorno de Sigüenza rodea su casco urbano a unos 4 km al este (E).
El tramo seguntino de esta Cañada Real, descrito de N a S, entra por el vértice S del término de Alcuneza (actualmente pedanía del municipio de Sigüenza), asciende en altitud por el llamado Camino Quemado, o más bien, Camino del Quemado, en alusión a un incendio en la zona del pinar de Sigüenza-Barbatona, dejando a su derecha (W) el Alto Pinar, o puntal de la torreta (1.199 m snm), y quedando el vértice geodésico denominado Morretón (1.208 m snm) ligeramente retirado a su izquierda (E), unos 500 m.
Desciende desde esos altos, dejando a su izquierda (E) el paraje de Barbatona conocido como Valdehermoso, cruzando después tres elementos físico-geográficos: primero, el camino de Sigüenza a Barbatona, después la cabecera del Arroyo de Valdemerina, y posteriormente la Carretera de Alcolea del Pinar (actual CM-110), en altitudes que rondan los 1.120 -1.130 m snm.
Una vez atravesada la carretera CM-110, la cañada gira el sentido S que traía, a orientación W-SW, completando el giro de circunvalación alrededor del casco urbano de Sigüenza, y ascendiendo bruscamente hacia la planicie altitudinal que conforman Los Llanos (1.150 m snm). En su recorrido por Los Llanos, atraviesa la Senda de los Negritos y el Camino de Sigüenza a Jodra, deja a su derecha (W) el paraje denominado El Negrito, y más adelante, antes de salir del término seguntino, cruza el denominado Camino o Carril del Pozuelo, adentrándose en el término de Pelegrina (actualmente pedanía del municipio de Sigüenza). La Cañada cruza una porción del norte de este término, discurriendo topográficamente por las cotas de mayor altitud que se corresponden con la divisoria de aguas de los ríos Dulce (al Sur) y Henares (al Norte). Cruza la carretera GU-118, denominada en Sigüenza como carretera de Pelegrina o de Torremocha, y continuando por la divisoria de aguas se establece como límite entre los términos de Sigüenza y Pelegrina, ocupando el cuerpo de la Cañada Real terrenos de Pelegrina, o dicho de otra forma, la cañada transcurre por el término de Pelegrina, siendo su lateral derecho (al NE) el límite con el término de Sigüenza. El desarrollo topográfico de la cañada por la divisoria no es estricto, tendiendo a volcar en algunos tramos hacia las aguas del Henares, dejando el vértice geodésico Mina (1.131 m snm) al sur de ésta.
Finalmente, la Cañada Real se inclina geodésicamente hacia el Sur (S), adentrándose en el término de Pelegrina, y posteriormente en el de La Cabrera, atravesando por el centro su casco urbano, volviendo a configurar su rumbo característico N-S/SW.
Todo este último tramo descrito de la vía pecuaria, desde que atraviesa la carretera de Pelegrina (actual GU-118), discurre por el interior del espacio natural protegido denominado Parque Natural del Barranco del Río Dulce, por lo que este tramo de la vía pecuaria queda clasificado como Especial Interés Natural.
Ø La segunda vía pecuaria clasificada sobre el término de Sigüenza, es denominada Vereda de Ganados y se le establece una anchura legal de 25 varas (antigua medida) equivalentes a 20,89 metros, que es un tipo de vía pecuaria de menor importancia y clasificación que la anterior.
Describiendo esta vía pecuaria de N-S, se tiene que entra al término municipal seguntino desde el de Alcuneza, entre los parajes de Valderramón y Los Arroyuelos, superponiéndose sobre el Camino de Torre de Valdealmendras, llevando por eje el del camino. Cruza el Camino de Valderramón y desciende hacia el paraje de Valdecán, dejando a su izquierda (SE) la Fuente de los Casares. Atraviesa por el fondo del valle el Camino de Alcuneza a Palazuelos y el Arroyo de Valdecán.
Asciende el Cerro de Villavieja, dejando a su izquierda (E) la balsa de Villavieja, al coronar el cerro, deja a su derecha (W) el Cerro del Mirón y el Camino de la Calvilla, cruzando en la confluencia de éste. Desciende el cerro por la denominada cuesta de las merinas, cruza el Camino de Sigüenza a Alcuneza y el FFCC de Madrid-Zaragoza, casi por el mismo punto, y ya al sur (S) del FFCC cruza el Camino del Pradillo del Ojo y posteriormente el río Henares por el puente del conocido Paseo de las Cruces, internándose en el casco urbano de Sigüenza.
El trayecto por el casco urbano de Sigüenza no viene descrito en la clasificación oficial de esta vía pecuaria pero de distintas publicaciones históricas del municipio y testimonios de vecinos se ha podido deducir su itinerario urbano.
Davara J. en el artículo El Barrio de San Roque, un Barrio Ilustrado, publicado en el Programa de Fiestas de Sigüenza, 1983, expone: <<… desde la puerta de campo de la muralla de la catedral, situada al pie del Colegio de Infantes (actual Colegio de PP Josefinos) discurre el llamado Camino de los Frailes, antigua Cañada de la Mesta, salida natural de la ciudad hacia el norte. El camino cruza la bella plazuela de las cruces, espacio urbano de reposo y sosiego, pasando por delante del convento de Ursulinas >>. La cita deja suficientemente claro que la entrada de esta vía pecuaria al casco urbano de Sigüenza se corresponde con el Camino de los Frailes, actual Paseo de las Cruces, cruzando primero el puente sobre el río Henares y después el caz de los Molinos, tal y como cita el acta de clasificación oficial.
Martínez Gómez-Gordo, J.A, en el libro Sigüenza: glosario de la historia, arte y folclore seguntinos, 1978, cita: <<Atravesando la actual ciudad, barrio de San Roque, pasaba una vereda de ganados…>>, <<… la vereda de ganados separaba en su origen a las dos pueblas que en tiempo de la reconquista formaban la ciudad: la puebla baja, en la vega del Henares, y la puebla alta, junto al castillo >>, es decir, que la vía pecuaria dividía la zona antigua de la ciudad, en la parte alta y dentro de la muralla, de la zona nueva, en la zona baja, junto al valle y fuera de la muralla, y además <<… tenía un descansadero en los terrenos ocupados hoy por el cine y jardines Capitol >>.
Distintas voces y testimonios de vecinos de Sigüenza corroboran el itinerario de entrada de esta vía pecuaria al casco urbano de Sigüenza, así como el descansadero ubicado en todo lo que actualmente ocupa la Plaza de las Cruces y el edificio Capitol, muy posiblemente construido sobre terrenos pecuarios, donde todavía existe en el interior de los jardines el pilón (fuente) donde abrevaba el ganado.
La vía pecuaria debía bordear por el exterior la segunda muralla de la ciudad, pasando por delante de la denominada Puerta de Guadalajara (actual Plaza de Hilario Yaben), hasta llegar a la Fuente de los Cuatro Caños, donde se separaba de la muralla yendo hacia la Ermita de San Pedro (ubicada frente a las Escuelas Públicas Nacionales, actualmente convertida en vivienda en Camino de los Toros, nº 7) discurriendo por toda la actual Calle Cruz Dorada, hasta llegar al Puente del Tinte, sobre el Arroyo de Valdemerina, que se encuentra frente a la señalada Ermita de San Pedro, trayecto que era la histórica salida natural de la ciudad hacia la zona de Guadalajara y Madrid, por lo que se denominaba Carretera Vieja.
Sale del casco urbano por la el mismo eje que la carretera vieja, entre la Ermita de San Pedro, el Arroyo de Valdemerina y la antigua Fuente de los Espinos. Cruza primero la Carretera de Alcolea del Pinar (actual CM-110) y después la de Masegoso (actual CM-1101), ascendiendo entre el Cerro de la Quebrada a su derecha (NW) y La Buitrera a su izquierda (SE). Al culminar la ascensión, sobre el portillo, toma por eje la carretera de Masegoso (actual CM-1101), dejando a su derecha (NW) la Senda de la paridera del tío Zamarra, que sube hasta la cumbre de La Quebrada (1.105 m snm), y a su izquierda (SE) el Camino de Sigüenza a Pelegrina. Continúa por el eje de la citada carretera (actual CM-1101), dejando Los Llanillos a su derecha, y a su izquierda el Camino de Sigüenza a la Cruzada del Prado, que lleva hasta el Alto del Sabinazo (1.111 m snm).
La vía pecuaria avanza y atraviesa la Senda de Moratilla de Henares a la Mina del Acierto, dejando a su derecha la carretera de Masegoso (actual CM-1101), llevando su eje por el eje de la carretera vieja. Poco antes de llegar al Barranco de la Cañada, la vía pecuaria se une a la referida carretera de Masegoso (actual CM-1101) por su lateral derecho, y pasando el barranco, por la denominada Peña del Ceño, frente al Tallar, se desune de la anterior adentrándose en el término de La Cabrera, por el que continúa.
Ni acta de clasificación, ni el organismo competente trasladan más allá de lo descrito el itinerario de esta vía pecuaria clasificada como Vereda de Ganados, pero los indicios históricos y fisiográficos hacen suponer que ésta se uniera por el sur (S) a la Cañada Real Soriana sobre el paraje del Tallar, que queda a escasos 300 m de donde se cita en su clasificación oficial.
Al igual ocurre por su itinerario al norte (N), donde tampoco se establece itinerario oficial, pero de igual forma, todos los indicios históricos y fisiográficos permiten suponer que ésta partiese de la Cañada Real Soriana en torno al Alto del Mojonazo (1.221 m snm) entre los núcleos de Alboreca, Olmedillas y Torre de Valdealmendras, y se estableciese sobre el citado Camino de Torre de Valdealmendras a Sigüenza, hasta la entrada en este término, donde ya aparece descrita y reconocida, tal y como se ha expresado anteriormente.
De lo establecido y estudiado, se puede determinar que el grueso tránsito ganadero intercomarcal se desviaba del casco urbano de Sigüenza, en cierto modo provocado, procurando con ello no causar graves interferencias entre los continuos desplazamientos de rebaños ovinos numerosos y todo lo que ello acarreaba, sobre el desarrollo social y escolástico tan profuso que mantenía la ciudad de Sigüenza. Y para no perjudicar los intereses comerciales de la ciudad, se establecía una vía secundaria que procurara la entrada y salida del ganado y sus pastores a la ciudad, abasteciendo sus mercados y favoreciendo el acceso de todo el comercio y el desarrollo que se establecía en torno a la Mesta.
Tras analizar el escenario de comunicación pecuaria reconocido para el municipio, y aventurando a establecer una odiosa pero evidente comparación, se puede deducir que el tránsito ganadero de Sigüenza ha tenido históricamente una situación parecida a la actual comunicación rodada, donde se establece una vía principal alejada del casco urbano, y circundante a éste, a la que se accede mediante una vía secundaria que da traslado desde el casco urbano.
§ Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del Municipio de Sigüenza (Provincia de Guadalajara). Ministerio de Agricultura. Dirección General de Ganadería. Sección de Vías Pecuarias. 1970.
§ Ley 22/1974, de 27 de junio de Vías Pecuarias.
§ Real Decreto 2876/1978, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley 22/1974, de 27 de junio de Vías Pecuarias.
§ Martínez Gómez-Gordo, J.A, Sigüenza: glosario de la historia, arte y folclore seguntinos, 1978.
§ Davara J. El Barrio de San Roque, un Barrio Ilustrado. Programa de Fiestas de Sigüenza, 1983.
§ Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias.
§ Ley 9/2003, de 20-03-2003, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.