LAS VIAS PECUARIAS DE SIGÜENZA

ARTÍCULO del anuario ANALES SEGUNTINOS 2011-2012 (inédito)
Por Gonzalo Carpintero Laguna
Ingeniero Técnico Forestal

VÍAS PECUARIAS son aquellas rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero. Así mismo tienen también la consideración de Vía Pecuaria los descansaderos, abrevaderos, majadas y cualquier otro tipo de terreno o instalación anexa a aquellas, que sirva y haya servido al ganado trashumante y a los pastores que lo conducen.

El origen de las vías pecuarias se remonta a la aparición del pastoreo en nuestro país y adquirieron carta de naturaleza con la creación del Honrado Concejo de la Mesta en 1273 por Alfonso X El Sabio, que tenía, además del uso y los fueros establecidos sobre las mismas, la responsabilidad de su mantenimiento y conservación. Posteriormente, tras la abolición del Concejo, en 1836, éstas quedaron a cargo de la Asociación General de Ganaderos del Reino, y finalmente pasaron a corresponder estas funciones a la Administración, dado el carácter de dominio público que les atañe.

Jurídicamente, las Vías Pecuarias son bienes de dominio público y en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables, estableciéndose su régimen jurídico bajo la legislación estatal básica para esta materia, desarrollada posteriormente por las distintas normativas autonómicas.

El destino específico de las Vías Pecuarias es el tránsito ganadero, y aquellos otros de carácter rural que sean compatibles y complementarios de aquél, conforme a la normativa vigente de Vías Pecuarias, inspirados en el desarrollo sostenible y respetuosos con el medio ambiente, el paisaje y el patrimonio natural y cultural.

La función de las vías pecuarias fue una de las de mayor importancia económica en épocas pasadas, y que se ha visto alterada en las últimas décadas para venir a ser, más que caminos de pura trashumancia, instrumentos para la transterminancia, aprovechamientos de pastos, masa común de municipios y otras comunicaciones rurales. De ahí siguió el abandono funcional de gran parte de ellas, con incremento no solo de los difíciles problemas de mantenimiento y conservación, sino de la frecuencia de las ocupaciones más o menos abusivas que se venían y vienen produciendo.

Las Vías Pecuarias se clasifican de forma general según su ANCHURA, siendo los tipos caracterizados:    
Ø  CAÑADA: anchura que no excede de 75,0 metros
Ø  CORDEL: anchura que no excede de 37,5 metros
Ø  VEREDA: anchura que no excede de 20 metros
Ø  COLADA: de anchura variable, a determinar en su clasificación

Estas denominaciones son compatibles con otras de índole consuetudinaria, como azagadores, cabañeras, caminos ganaderos, carreradas, galianas, ramales, traviesas y otras.

La normativa autonómica aplicable a las Vías Pecuarias, conforme a la atribución de competencias a las Comunidades Autonómicas en su ámbito territorial, establece que para el territorio autonómico Castellano-Manchego, al que pertenece el término de Sigüenza, además de la anterior clasificación general básica, una mayor caracterización de las vías pecuarias en función de otros aspectos como:

Su itinerario: 
Ø  Intercomunitarias: cuyo recorrido se prolonga por dos o más comunidades autónomas
Ø  Comunitarias: cuyo recorrido no excede de una comunidad autónoma

Todas las vías pecuarias de carácter intercomunitario se incorporarán a la Red Nacional de Vías Pecuarias creada con la Ley 3/1995 de 3 de marzo, de forma que se garantice la continuidad de las mismas por el territorio nacional.
                  
Su interés:    
Ø  De Especial Interés Natural:
o   Discurren por dentro de Espacios Naturales Protegidos
o   Conectan espacios naturales significativos
o   Poseen un valor especial en cuanto a conservación de la naturaleza
o   Discurren por montes declarados de utilidad pública
                  
Ø  De Especial Interés Cultural:
o   Contienen elementos del Patrimonio histórico, cultural y etnográfico o discurran por las proximidades de terrenos con esas características
                  
Ø  De Interés Socio-Recreativo:
o   Discurren por terrenos con una elevada aptitud de uso recreativo.


El término de Sigüenza cuenta con dos vías pecuarias clasificadas, esto es, reconocidas oficialmente por el Organismo Administrativo encargado de su gestión y conservación. Una de ellas, la de mayor importancia, es un tramo de la Cañada Real Soriana, y la otra, de menor importancia, es denominada Vereda de Ganados.

La primera, en su tramo afecto, atraviesa el término municipal por su lateral este (E), por unos 3.000 m de longitud, alejada del casco urbano, y la segunda, atraviesa el término dorsalmente de N a S, por unos 9.500 m, cruzando por medio del casco urbano de Sigüenza.


Ø    El tramo de Cañada Real Soriana clasificado para el término de Sigüenza se establece sobre una Anchura Legal de 90 varas (medida antigua), equivalentes a 75,22 metros, que es el tipo de vía pecuaria de mayor importancia y clasificación.

El tramo de la Cañada Real Soriana que se cita para Sigüenza se corresponde con la conocida como Cañada Real Soriana Oriental, que es la más larga de las 10 históricas Cañadas de la Mesta castellanas, ya que discurría por unos 800 km de longitud del territorio peninsular central partiendo del norte de la provincia de Soria, junto a la de Logroño y llegando hasta a la de Sevilla, según se citan en diversos documentos oficiales de clasificación. Su uso se correspondía con el paso de ganado trashumante de los frescos pastos de las comarcas serranas de Soria y La Rioja (pastos de verano), hacia los más cálidos y templados de las comarcas Andaluzas y Manchegas (pastos de invierno). Por tanto esta Vía pecuaria es de carácter Intercomunitario, atendiendo a la normativa Autonómica e integrada en la Red Nacional de Vías Pecuarias.

Cabe exponer, por alusión, que las cañadas castellanas eran las de mayor longitud en comparación con las cañadas pirenaicas, ya que éstas transitaban entre los altos pirenaicos (pastos de verano) y las comarcas del valle del Ebro y otras catalanas (pastos de invierno).

En lo estrictamente local, es significativo como esta Cañada Real desarrolla un trazado circundante al casco urbano de Sigüenza, de manera que un supuesto trazado rectilíneo del itinerario N-S que ésta encamina, haría que pasase por el mismo casco urbano de Sigüenza. No obstante, eso no ocurre, pues el itinerario que ésta desarrolla en el entorno de Sigüenza rodea su casco urbano a unos 4 km al este (E).

El tramo seguntino de esta Cañada Real, descrito de N a S, entra por el vértice S del término de Alcuneza (actualmente pedanía del municipio de Sigüenza), asciende en altitud por el llamado Camino Quemado, o más bien, Camino del Quemado, en alusión a un incendio en la zona del pinar de Sigüenza-Barbatona, dejando a su derecha (W) el Alto Pinar, o puntal de la torreta (1.199 m snm), y quedando el vértice geodésico denominado Morretón (1.208 m snm) ligeramente retirado a su izquierda (E), unos 500 m.

Desciende desde esos altos, dejando a su izquierda (E) el paraje de Barbatona conocido como Valdehermoso, cruzando después tres elementos físico-geográficos: primero, el camino de Sigüenza  a Barbatona, después la cabecera del Arroyo de Valdemerina, y posteriormente la Carretera de Alcolea del Pinar (actual CM-110), en altitudes que rondan los 1.120 -1.130 m snm.

Una vez atravesada la carretera CM-110, la cañada gira el sentido S que traía, a orientación W-SW, completando el giro de circunvalación alrededor del casco urbano de Sigüenza, y ascendiendo bruscamente hacia la planicie altitudinal que conforman Los Llanos (1.150 m snm). En su recorrido por Los Llanos, atraviesa la Senda de los Negritos y el Camino de Sigüenza a Jodra, deja a su derecha (W) el paraje denominado El Negrito, y más adelante, antes de salir del término seguntino, cruza el denominado Camino o Carril del Pozuelo, adentrándose en el término de Pelegrina (actualmente pedanía del municipio de Sigüenza). La Cañada cruza una porción del norte de este término, discurriendo topográficamente por las cotas de mayor altitud que se corresponden con la divisoria de aguas de los ríos Dulce (al Sur) y Henares (al Norte). Cruza la carretera GU-118, denominada en Sigüenza como carretera de Pelegrina o de Torremocha, y continuando por la divisoria de aguas se establece como límite entre los términos de Sigüenza y Pelegrina, ocupando el cuerpo de la Cañada Real terrenos de Pelegrina, o dicho de otra forma, la cañada transcurre por el término de Pelegrina, siendo su lateral derecho (al NE) el límite con el término de Sigüenza. El desarrollo topográfico de la cañada por la divisoria no es estricto, tendiendo a volcar en algunos tramos hacia las aguas del Henares, dejando el vértice geodésico Mina (1.131 m snm) al sur de ésta.

Finalmente, la Cañada Real se inclina geodésicamente hacia el Sur (S), adentrándose en el término de Pelegrina, y posteriormente en el de La Cabrera, atravesando por el centro su casco urbano, volviendo a configurar su rumbo característico N-S/SW.

Todo este último tramo descrito de la vía pecuaria, desde que atraviesa la carretera de Pelegrina (actual GU-118), discurre por el interior del espacio natural protegido denominado Parque Natural del Barranco del Río Dulce, por lo que este tramo de la vía pecuaria queda clasificado como Especial Interés Natural.


Ø    La segunda vía pecuaria clasificada sobre el término de Sigüenza, es denominada Vereda de Ganados y se le establece una anchura legal de 25 varas (antigua medida) equivalentes a 20,89 metros, que es un tipo de vía pecuaria de menor importancia y clasificación que la anterior.

Describiendo esta vía pecuaria de N-S, se tiene que entra al término municipal seguntino desde el de Alcuneza, entre los parajes de Valderramón y Los Arroyuelos, superponiéndose sobre el Camino de Torre de Valdealmendras, llevando por eje el del camino. Cruza el Camino de Valderramón y desciende hacia el paraje de Valdecán, dejando a su izquierda (SE) la Fuente de los Casares. Atraviesa por el fondo del valle el Camino de Alcuneza a Palazuelos y el Arroyo de Valdecán.

Asciende el Cerro de Villavieja, dejando a su izquierda (E) la balsa de Villavieja, al coronar el cerro, deja a su derecha (W) el Cerro del Mirón y el Camino de la Calvilla, cruzando en la confluencia de éste. Desciende el cerro por la denominada cuesta de las merinas, cruza el Camino de Sigüenza a Alcuneza y el FFCC de Madrid-Zaragoza, casi por el mismo punto, y ya al sur (S) del FFCC cruza el Camino del Pradillo del Ojo y posteriormente el río Henares por el puente del conocido Paseo de las Cruces, internándose en el casco urbano de Sigüenza.

El trayecto por el casco urbano de Sigüenza no viene descrito en la clasificación oficial de esta vía pecuaria pero de distintas publicaciones históricas del municipio se ha podido sacar su itinerario urbano.

Sale del casco urbano por la el mismo eje que la carretera vieja, entre la Ermita de San Pedro, el Arroyo de Valdemerina y la antigua Fuente de los Espinos. Cruza primero la Carretera de Alcolea del Pinar (actual CM-110) y después la de Masegoso (actual CM-1101), ascendiendo entre el Cerro de la Quebrada a su derecha (NW) y La Buitrera a su izquierda (SE). Al culminar la ascensión, sobre el portillo, toma por eje la carretera de Masegoso (actual CM-1101), dejando a su derecha (NW) la Senda de la paridera del tío Zamarra, que sube hasta la cumbre de La Quebrada (1.105 m snm), y a su izquierda (SE) el Camino de Sigüenza a Pelegrina. Continúa por el eje de la citada carretera (actual CM-1101), dejando Los Llanillos a su derecha, y a su izquierda el Camino de Sigüenza a la Cruzada del Prado, que lleva hasta el Alto del Sabinazo (1.111 m snm).

La vía pecuaria avanza y atraviesa la Senda de Moratilla de Henares a la Mina del Acierto, dejando a su derecha la carretera de Masegoso (actual CM-1101), llevando su eje por el eje de la carretera vieja. Poco antes de llegar al Barranco de la Cañada, la vía pecuaria se une a la referida carretera de Masegoso (actual CM-1101) por su lateral derecho, y pasando el barranco, por la denominada Peña del Ceño, frente al Tallar, se desune de la anterior adentrándose en el término de La Cabrera, por el que continúa.

Ni acta de clasificación, ni el organismo competente trasladan más allá de lo descrito el itinerario de esta vía pecuaria clasificada como Vereda de Ganados, pero los indicios históricos y fisiográficos hacen suponer que ésta se uniera por el sur (S) a la Cañada Real Soriana sobre el paraje del Tallar, que queda a escasos 300 m de donde se cita en su clasificación oficial.

Al igual ocurre por su itinerario al norte (N), donde tampoco se establece itinerario oficial, pero de igual forma, todos los indicios históricos y fisiográficos permiten suponer que ésta partiese de la Cañada Real Soriana en torno al Alto del Mojonazo (1.221 m snm) entre los núcleos de Alboreca, Olmedillas y Torre de Valdealmendras, y se estableciese sobre el citado Camino de Torre de Valdealmendras a Sigüenza, hasta la entrada en este término, donde ya aparece descrita y reconocida, tal y como se ha expresado anteriormente.

De lo establecido y estudiado, se puede determinar que el grueso tránsito ganadero intercomarcal se desviaba del casco urbano de Sigüenza, en cierto modo provocado, procurando con ello no causar graves interferencias entre los continuos desplazamientos de rebaños ovinos numerosos y todo lo que ello acarreaba, sobre el desarrollo social y escolástico tan profuso que mantenía la ciudad de Sigüenza. Y para no perjudicar los intereses comerciales de la ciudad, se establecía una vía secundaria que procurara la entrada y salida del ganado y sus pastores a la ciudad, abasteciendo sus mercados y favoreciendo el acceso de todo el comercio y el desarrollo que se establecía en torno a la Mesta.

Tras analizar el escenario de comunicación pecuaria reconocido para el municipio, y aventurando a establecer una odiosa pero evidente comparación, se puede deducir que el tránsito ganadero de Sigüenza ha tenido históricamente una situación parecida a la actual comunicación rodada, donde se establece una vía principal alejada del casco urbano, y circundante a éste, a la que se accede mediante una vía secundaria que da traslado desde el casco urbano.


DOCUMENTACIÓN:

§  Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del Municipio de Sigüenza (Provincia de Guadalajara). Ministerio de Agricultura. Dirección General de Ganadería. Sección de Vías Pecuarias. 1970.

§  Ley 22/1974, de 27 de junio de Vías Pecuarias.

§  Real Decreto 2876/1978, der 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley 22/1974, de 27 de junio de Vías Pecuarias.

§  Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias.

§  Ley 9/2003, de 20-03-2003, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

SERIE: MIL PALABRAS DE NATURALEZA - 2

EMBALSE DE LAS VENCIAS                    .......un oasis en el páramo estepario castellano

Esta masa de agua se establece sobre el río Duratón, vecina aguas abajo del conocido Parque Natural de las Hoces del rio Duratón, y ya fuera de éste. Su emplazamiento es una muestra de la integración del agua sobre una zona desarbolada con fuerte continentalidad, amplitud térmica y constantes vientos.

La lámina de agua se emplaza a una cota de cauce de unos 800 m y con una ocupación de 70 has, y se dispone sesgando los extensos cultivos de secano entremezclados con eriales espinosos de la planicie castellana. El embalse se asienta sobre uno de los cortes del terreno que los ríos castellanos labran sobre la costra caliza mesetaria.

La original función hidroeléctrica del dique del embalse ha sido suficiente como para que a partir de la acumulación continuada de un volumen suficiente de agua, se establezca un microecosistema en torno a dicha acumulación acuática, favoreciendo el paulatino desarrollo de especies animales y vegetales ligadas a la disposición prolongada de ambientes etéreos húmedos, aun manteniendo elevados valores de evapotranspiración y condiciones edáficas estructurales de baja retención de humedad.

ORTOFOTO ILUSTRATIVA DEL EMPLAZAMIENTO DEL EMBALSE

SERIE: MIL PALABRAS DE NATURALEZA - 1

Manada de ciervo ibérico (Cervus elaphus subsp bolivari) pastando en praderas agostadas durante la época estival, previo al comienzo de la berrea.

Páramos del río Mesa (Guadalajara)                                          ....esta imágen costó tres días de observación


En la península Ibérica se citan dos subespecies de ciervos: Cervus elaphus hispánicus, que se circunscribe al área bética peninsular, sobre las dehesas de los cursos medio y bajo del Guadalquivir; y Cervus elaphus bolivari, que se distribuye por el resto del territorio peninsular. Aun hoy, los expertos tienen dudas sobre si realmente se puede hablar de dos subespecies o por el contrario es una sola, sin diferenciación genética, pero si fenotípica.

Los individuos de ambas subespecies o razas, en su genotipo puro, presentan la característica de carecer de crines colgantes en el cuello, diferendiándose así de sus congéneres europeos que si las presentan.

LOS SÍMBOLOS DE LOS ENVASES

Por:  Ana Belén Padrino de la Mata (Ingeniera Técnico Forestal y Lcda. en Ciencias Ambientales)
        Gonzalo Carpintero Laguna (Ingeniero Técnico Forestal)

Para continuar con las reseñas sobre esas pequeñas imágenes que se pueden ver en numerosos envases domésticos, de las que un gran número de consumidores desconoce su significado, y que por ignorancia o falta de civismo, muchos, se pueden ver en cualquier entorno natural, sin saber si conllevan un destino reciclable sobre el propio medio, si hay que hacerlo sobre un sistema de gestión, o ninguno de ellos, es decir que no se puede reciclar.


El primero es el símbolo llamado PUNTO VERDE que se puede encontrar en multitud de productos de consumo, cuyos envases son de plástico, cartón, papel o vidrio, o una composición de éstos:

Este símbolo significa es que la empresa productora del envase que contiene el producto que compra el consumidor cumple con la Ley 11/97 de Envases y Residuos de Envases. Esto NO significa que el envase sea reciclable o que este hecho con materiales reciclados, aunque así lo sea casi siempre, significa que las empresas que lo producen y las que lo utilizan pagan una tasa ecológica que las reconoce como que contribuyen al coste del reciclaje de todos los envases, entre los que se encuentra el que ella produce. Más que un símbolo de gestión o composición del envase es una marca que identifica a los productos que contribuyen a esa tasa ecológica que favorece el reciclaje.


Un segundo símbolo que también aparece en la mayoría de los envases es el conocido como ANILLO o CÍRCULO DE MÖBIUS, y representa una certificación expresa de que el producto que lleva inscrito este símbolo puede ser reciclado en su totalidad.

Cuando el anillo aparece con un símbolo de porcentaje en el centro, supone que el envase es reciclable solo en el porcentaje especificado.


En los envases exclusivamente de plástico se incorporan otros símbolos que se representan segun las figuras del lateral, y llevan asociado un número y/o unas siglas, que significan la composicion del material plástico del que están fabricados, pudiendo ser:

      1     PET o PETE  (polietileno tereftalato)
2     HDPE            (polietileno de alta densidad)
3     V o PVC        (vinilo o cloruro de polivinilo)
4     LDPE             (polietileno de baja densidad)
5     PP                  (poli propileno)
6     PS                  (poli estireno)
7     OTHER          (otros)

El símbolo tidyman, ¿que representa?

Por: Gonzalo Carpintero Laguna     (Ingeniero Técnico Forestal)
       Ana Belén Padrino de la Mata  (Ingeniera Técnica Forestal y Lcda. Ciencias Ambientales)


Una breve exposición a un mero hecho cotidiano en el que todos los consumidores nos vemos o nos podemos ver implicados.

Casi todos los productos elaborados bajo un envase o recipiente, o con alguna traza que suponga un residuo, llevan incorporado, impreso o grabado sobre algún punto de su embalaje el siguiente símbolo, llamado TIDYMAN:

Para la gran mayoría del público consumidor, este simbolo no va mas allá de ser una ilustración para concienciar o incitar al consumidor a ser cívico y depositar el envase o residuo en un sitio habilitado para ello, como papeleras, contenedores, etc.

Pero en la práctica, esto viene a ser algo más que una mera apreciación ilustrativa, pues el símbolo representa que es el consumidor, en exclusiva, el que se responsabiliza a propiciar un lugar correcto de depósito del producto, envase o caja, por lo que la inscripción del símbolo sobre el producto lleva añadida una responsabilidad que implica al consumidor en cualquier circunstancia punible y demostrable que pueda causar con una mala gestión del envase.

Así, si un envase grabado con el Tidyman, provoca un incendio forestal, accidente u otra circunstancia que genere responsabilidad alguna, y se puede demostrar e identificar al consumidor que no ha propiciado el adecuado depósito del producto residual causante del incidente, podría dar lugar a la implicación de éste en dicho suceso.

En cualquier caso, la empresa o empresas que han fabricado y distribuido el producto, derivan toda responsabilidad sobre el destino del mismo al usuario o consumidor final, una vez comercializado.

Aludir al hecho que muchos de estos envases residuales son suspicaces de producir daños en el medio natural y rural sobre cualquier elemento del medio, bien en forma de incendios, daños a la fauna, a los suelos, etc, ... y que éstos siguen apareciendo en cualquier lugar no urbanita, por recóndito que parezca.

NORMATIVA DE PROTECCIÓN Y FOMENTO DEL ARBOLADO URBANO EN LA COMUNIDAD DE MADRID

Por: Gonzalo Carpintero Laguna     (Ingeniero Técnico Forestal)
       Ana Belén Padrino de la Mata (Ingeniera Técnica Forestal y Lcda. Ciencias Ambientales)


La Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid se establece como el marco regulativo autonómico de los individuos vegetales que interaccionan sobre los cascos urbanos de los pueblos y ciudades madrileñas, de forma que implanta un sistema general de autorizaciones y condiciones que procuran precauciones suficientes y necesarias para el arbolado, ordenando de manera especial las talas o apeos, y las podas drásticas. De igual forma, prevé ciertas medidas de estímulo y fomento para configurar el paisaje urbano, de forma que se articule un adecuado tránsito entre los entornos urbanos y las zonas rurales adyacentes.

Esta Ley 8/2005 es de aplicación sobre todos los ejemplares de cualquier especie arbórea con más de DIEZ años de antigüedad (edad) o VEINTE centímetros de diámetro de tronco a nivel del suelo, que se ubiquen en suelo urbano de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.

Los propietarios, públicos o privados, del arbolado urbano de cualquier categoría que le sea de aplicación esta Ley, están obligados a su mantenimiento, conservación y mejora, realizando los trabajos precisos para garantizar un adecuado estado vegetativo del ejemplar (artículo 4, Ley 8/2005).

Los artículos 2 y 3 de la Ley establecen la prohibición de tala y podas drásticas de los árboles protegidos por esta Ley, con las excepciones establecidas para distintas situaciones, de seguridad y único recurso, que se contemplan posteriormente.

De igual forma, y tomando como marco genérico la Ley 8/2005, numerosos Ayuntamientos han establecido sus propias Ordenanzas Reguladoras de Zonas Verdes, Áreas Naturales o Arbolado Urbano, donde, no solo tienen por objeto la regulación de la implantación, conservación, uso y disfrute de las zonas verdes, áreas naturales y del arbolado viario existentes en su Término Municipal, sino que regulan también la tala de árboles en predios de propiedad privada, así como la poda de determinadas especies, todo en base a la anterior Ley 8/2005.

Incluso hay municipios que con este tipo de ordenanzas pretenden dar un nuevo enfoque en la creación de parques y jardines, públicos y privados, adaptando en la medida de lo posible su diseño y ejecución a la normativa ambiental vigente.

Este equipo de TÉCNICOS FORESTALES, según las competencias que se establecen para su titulación y profesión, realizan para particulares y Administraciones los Estudios o Memorias de Vegetación necesarios para tramitar las autorizaciones y condiciones que son de aplicación en la Ley 8/2005, así como cada una de las Ordenanzas Municipales, de forma que reconocen y examinan aquellas especies a las que les es de aplicación la normativa reguladora, haciendo referencia a ubicación, identificación, detalles dasocráticos y destino de los individuos vegetales reconocidos.

A los efectos de estos Estudios o Memorias de Vegetación de Arbolado Urbano, se exponen las siguientes Definiciones

Ø  Arbolado urbano: Todos aquellos individuos vegetales que se ubican sobre suelo establecido como urbano, entendiendo este término como se define en la normativa urbanística calificativa del suelo. A estos efectos, como suelo urbano se incluye tanto el público como el privado.

Ø  Arbolado de alineación: Lo constituyen el conjunto de árboles que se encuentran plantados en los viales públicos, y que de forma general se disponen de forma lineal, a lo largo de una calle.

Ø  Áreas naturales: Todas aquellas áreas de vegetación natural o espontánea que se establezcan dentro de un término municipal, independientemente de que su gestión sea municipal o pública, o bien privada.

Ø  Zonas verdes: Son aquellas zonas ajardinadas los espacios de propiedad municipal o pública, ya sean abiertos o cerrados, que sean objeto de mantenimiento, directa o indirectamente por el Ayuntamiento u otra administración. A estos efectos, se incluyen en esta acepción parques urbanos y periurbanos, plazas ajardinadas, isletas, rotondas, pequeños espacios ajardinados en aparcamientos, jardineras y elementos de jardinería instalados en la vía pública.

Ø  Tala: El arranque o abatimiento de árboles, desde el cuello de la raíz, quedando el sistema radical sobre el sustrato. En algunas ordenanzas municipales, el desmoche se llega a considerar como una tala.

Ø  Derribo: Eliminación total de un árbol mediante el arranque o descuaje del individuo completo, incluyendo su sistema radical. A efectos de muchas ordenanzas, los derribos están sometidos a las mismas condiciones legales de la tala.

Ø  Descabezado: Método drástico por el que se elimina parcialmente la copa, mediante la supresión de las ramas principales, a cada una de las cuales se le deja el correspondiente muñón sin tira-savia.

Ø  Desmoche: Eliminación total de la copa de un árbol, podándole las ramas principales a nivel del tronco, sin dejar tocones o muñones.

Ø  Poda: Eliminación de ramas o partes de ramas de un árbol que se realiza siguiendo unos criterios y unos objetivos definidos y buscando una determinada intencionalidad. A estos efectos, se consideran como podas drásticas los descabezados.

Ø  Quema: Operación que consiste en la destrucción o reducción a cenizas de residuos de origen vegetal, mediante el fuego, siempre de forma controlada y voluntaria.

Ø  Trasplante: Técnica que consiste en el traslado de un ejemplar del lugar donde está enraizado y plantarlo en otra ubicación, incluyendo los cuidados posteriores para asegurar una adecuada posibilidad de arraigo.

Ø  Perímetro: medida de la longitud de la circunferencia del tronco del árbol. Su medición se realizará según los criterios más adecuados para cada supuesto

Ø  Diámetro: Distancia entre dos puntos opuestos del tronco de un árbol. Su medición se realizará según criterios más adecuados para cada supuesto. Se contemplan dos tipos de medidas:

  • Diámetro normal: es la variable más común y más importante utilizada en la medición de árboles (dendrometría). Permite la comparación de las medidas tomadas sobre distintos árboles o sobre el mismo árbol en distintos momentos y se define sobre un punto de referencia en el tronco del árbol medido situado a una altura conveniente cerca del suelo para permitir fácilmente la localización para su medición por distintos operarios o en distintos momentos. La convención universal establece que el diámetro normal es la medición del diámetro del árbol, con corteza, a una altura fija desde el nivel del suelo. Esta altura estándar se considera la altura del pecho de una persona media, en torno a unos 1,40 m de altura desde el suelo

  • Diámetro del cuello o del tronco a nivel del suelo: es otra variable de medición de árboles, menos común y de menor utilización en dendrometría. Es la medición del diámetro del árbol en los primeros 5 cm en los que éste sobresale del sustrato donde se inserta. Esta medición puede arrastrar notables desviaciones de la realidad del tronco del árbol en aquellas especies que desarrollen cuellos de tronco con ensanchamientos morfológicos de la albura en la conexión con las raíces, o bien en aquellos individuos que desarrollen un sistema radical somero, muy frecuente en los espacios urbanos debido al tipo de riego superficial y tapizante que se realiza sobre éstos.

INCENDIOS FORESTALES: UNA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

Los incendios forestales son uno de los fenómenos de carácter natural que pueden ocasionar situaciones de riesgo para las personas, además de constituir un problema medioambiental muy grave y de difícil recuperación.

Un comportamiento responsable, no encendiendo fuego en el campo, es la mejor medida para evitar los incendios forestales

MEDIDAS DE PREVENCION ANTE LOS INCENDIOS FORESTALES

Entre las medidas de prevención que se pueden adoptar, conviene recordar algunas que, aunque parezcan conocidas, tienden a olvidarse con frecuencia, como la de
tener la precaución de

Si estás de viaje, excursión o disfrutando del contacto con un bosque:
  • Apaga bien las cerillas y cigarrillos y no los tires por las ventanillas del coche.
  • No abandones en el campo botellas, objetos de cristal o basuras que puedan provocar o favorecer el incendio.
  • No enciendas hogueras para ningún uso (cocinar, calentarse, etc. ). Ten en cuenta que, en general, está prohibido el uso del fuego en cualquier zona forestal o de campo, solamente se autoriza su uso en zonas y situaciones muy determinadas para ello y fuera de la época de sequía o peligro. 
  • Si observas un incendio forestal o una columna de humo dentro del monte, es importante avisar lo más rápidamente posible a alguno de los servicios de emergencia más próximos: teléfono 112, Servicios Forestales, Bomberos, Policía, Guardia Civil o Protección Civil.
Si vas a quemar rastrojos o restos vegetales:
  • Solicita la autorización necesaria y sigue al pie de la letra las condiciones indicadas, en el permiso. Contacta con los Servicios de Montes u organismo del Medio Natural correspondiente a tu Comunidad Autónoma, el cual te indicará como conseguir dicha autorización.
  • No hacerlo nunca en días de viento fuerte o de sequía acusada.
  • Vigilar la quema y no te vayas o ausentes hasta que estés seguro de que está totalmente apagada.  
  Si vives en una casa de campo o en una urbanización en contacto con un bosque:
  • Las chimeneas de las casas deben llevar acoplado un matachispas.
  • No quemes hojas u otros restos sin autorización y siempre evitando los días de viento y la época de peligro de incendios.
  • No tires las cenizas hasta que estés seguro de que estén apagadas y frías.
  • Recuerda que las líneas de suministro eléctrico deben ir por fajas limpias de vegetación en unos de 3 m. de anchura,  y sin que ésta se aproxime a los cables. Solicita su limpieza a la compañía suministradora o denuncia aquellas situaciones de riesgo que detectes.
  • Evita los basureros eventuales e incontrolados.  
Hay que abstenerse de encender fuego en el campo.

MEDIDAS DE AUTOPROTECCION ANTE LOS INCENDIOS FORESTALES

Conocer el entorno y los riesgos con los que puedes encontrarte ayuda a tomar medidas para evitar que éstos se produzcan.

Por eso, en épocas de riesgo de incendio, cuando te adentras en el monte es necesario conocer bien el terreno, las vías de comunicación y caminos alternativos y procurar caminar siempre por zonas de gran visibilidad.

Si te encuentras en las proximidades de un incendio
  • Trata de alejarte por las zonas laterales del incendio y más desprovistas de vegetación.
  • Recuerda que un cambio en la dirección del viento puede hacer que el fuego te rodee, por tanto, ves siempre en sentido contrario a la dirección del viento.
  • Procura no dirigirte hacia barrancos u hondonadas, ni intentes escapar ladera arriba cuando el fuego asciende por ella.
Si tienes intención de colaborar en las tareas de extinción
  • No trabajes aisladamente o por tu cuenta.
  • Ponte en contacto con los profesionales responsables de la extinción (bomberos, agentes forestales, etc) los cuales te asignarán las tareas más acordes a tus condiciones y sigue siempre sus instrucciones.
  • No arrojes agua a los cables eléctricos.
  • Cuando un avión va a lanzar agua, debes retirarte de su trayectoria, evitando que te alcance la descarga.
  • Extrema todos los cuidados. Tu vida vale mucho.
Si vives en una casa de campo o en una urbanización en contacto con un bosque
  • Mantén limpios de hierba o maleza los caminos de acceso a las viviendas, incluyendo las cunetas de los mismos.
  • Evita en los jardines o parcelas la acumulación de vegetación seca u otros restos que ayuden a la propagación del incendio, ejecutando las tareas de limpieza correspondientes.
  • Mantén limpios los tejados de materiales combustibles (hojas, ramas, etc) y evita que las ramas dominen las edificaciones o se acerquen a menos de 3 metros de una chimenea. Lo ideal es que alrededor de cada edificio exista una faja de 10 m. de anchura en la que se elimine toda la vegetación inflamable.
  • Los tejados y fachadas de las casas deben ser de material resistente al fuego. Las fachadas de madera deben de tener tratamiento ignifugo.
  • Construye una faja de seguridad alrededor de la caso o urbanización: es conveniente la separación de la urbanización del monte con una faja de 25 m. de anchura, limpia de vegetación y sin edificios. Dicha faja puede llevar un camino o carretera perimetral. También es conveniente que se actúe en la zona forestal contigua a la faja de seguridad, con desbroces y poda del arbolado hasta 3 m de altura como mínimo y con anchuras de trabajo también de 25 m.
  • Exige a tu "Comunidad de Vecinos o Propietarios" un “Plan de Defensa contra Incendios Forestales”, que sea redactado por TÉCNICOS FORESTALES, competentes en esta materia, y que se encuentre en vigor y expuesto una vez que se resida en las viviendas.

En el siguiente video se pueden ver algunas de las medidas a tomar en caso de vivir en un entorno forestal:



RECUERDA:

Las medidas de
prevención ayudan a reducir el daño que puede derivarse de los desastres.

En caso de emergencia, conocer algunas pautas de
autoprotección, ayuda a tomar decisiones que pueden favorecer tanto su seguridad como la de los demás.

FUENTE: PROTECCIÓN CIVIL y D.G. para la BIODIVERSIDAD